La reciente entrada en vigor de la reforma de la Ley de Mecenazgo (Ley 49/2002, de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo) aumenta los incentivos fiscales de aquellas personas físicas o jurídicas que deciden realizar donaciones a entidades sociales.
Desde el 1 de enero de 2024, los donativos que se realicen a entidades como Adoratrices tienen unas deducciones fiscales que con la nueva Ley de Mecenazgo son aún más ventajosas.
El principal cambio que aporta la nueva normativa es que a partir de este año las personas físicas se deducirán en el IRPF el 80% de las donaciones que realicen hasta 250 euros (antes el límite estaba en 150 euros). Si se supera esa cantidad, el resto acumulado tendrá una deducción del 40% (antes un 35%), o de 45% si el mecenazgo es sostenido en el tiempo con donaciones similares o superiores a la misma entidad durante tres ejercicios seguidos.
Esta regla se aplica también a las personas jurídicas: las empresas pueden deducirse el 40% de lo que aporten a nivel societario, pero ese porcentaje subirá al 50% cuando las donaciones se mantengan a lo largo de tres ejercicios.
En resumen:
Además, si los dos años anteriores donaste al menos la misma cantidad, la deducción sube al 45 %
Si en los dos años anteriores donaste al menos la misma cantidad, sube al 50%
Desde Adoratrices queremos animar a todas las personas y empresas que quieran apoyar la labor social que realizamos a través de nuestros proyectos y programas a través de los que acompañamos a mujeres y sus hijos en el desarrollo de proyectos de vida autónomos y libres de cualquier tipo de violencia.