Continuamos con la campaña de los proyectos Sicar cat y Proyecto Esperanza “Conocer es transformar” del proyecto #TambienEsTrata que busca promover la protección de las víctimas de trata de personas para todos los fines de explotación.
En el día de hoy, la campaña pone el foco en los matrimonios forzados.
En España, el delito específico de matrimonio forzado aparece recogido en el Código Penal como un delito contra la libertad en el artículo 172 bis.
La trata de seres humanos para la celebración de matrimonios forzados no se incluyó originariamente como uno de los fines de explotación de la trata en el Protocolo de Palermo. Sin embargo, el concepto de trata se ha ido ampliando desde el año 2000 para dar respuesta a otras finalidades de explotación, como por ejemplo, los matrimonios forzados.
Hablaremos de trata con fines de explotación para la celebración de matrimonios forzados siempre que el matrimonio forzado incluya los elementos que definen la trata de seres humanos: el acto puede ser la transferencia o recepción de una persona, los medios pueden incluir engaño, amenazas o coerción y el propósito puede ser la explotación sexual y/o la servidumbre.
Aquí se pueden conocer dos historias reales.